Derechos

Baja California Sur aprueba la tipificación del delito: "Discursos de odio"

Con la creación de esta nueva ley se pretende proteger a ciertas poblaciones vulnerables como el colectivo LGBT+, entre otras más.

El estado mexicano propone nueva ley en para eliminar la discriminación, rechazo, sesgos y diferentes tipos de violencias nacidas del discurso de odio. FACEBOOK/CongresoAhora BCS | UNSPLASH/Nik
El estado mexicano propone nueva ley en para eliminar la discriminación, rechazo, sesgos y diferentes tipos de violencias nacidas del discurso de odio. FACEBOOK/CongresoAhora BCS | UNSPLASH/Nik
Por:  Redacción Diverso

El estado mexicano de Baja California Sur al interior de su Congreso, anunció la tipificación de delito ahora conocido como “Discursos de odio”, imponiendo una pena de hasta 4 años de prisión para quien cometa este delito en cualquiera de sus modalidades o medios. 

Esta iniciativa de ley fue presentada por María Guadalupe Moreno, diputada del partido Movimiento de Regeneración Nacional (MORENA), teniendo 6 abstenciones y 9 votos a favor  la nueva ley fue aprobada al finalizar la jornada legislativa. 

¿Qué dice la nueva ley de “Discursos de odio” en Baja California Sur?

Según se lee en la iniciativa, se adicionó el artículo 205 TER ,al Código Penal de la entidad y quedó establecido referente al discurso de odio que:

 Se impondrá de dos a cuatro años de prisión o multa de doscientos cincuenta a cuatrocientos días de trabajo a favor de la comunidad y hasta trescientos días de multa al que por medio de la palabra, escrito, gestos, simbología o cualquier otro medio de comunicación o comportamiento realice un acto peyorativo o discriminatorio e incite a cualquier acto de violencia contra cualquier persona, generando expresiones de hostilidad e intolerancia, ya sea en razón de su religión, origen étnico, nacionalidad, raza, color, ascendencia, género, orientación sexual u otro factor de identidad señalado en el artículo 205 de este código”.

En el dictamen también se indica que la actual legislación no contemplaba el término por lo que la Comisión de Puntos Constitucionales y de Justicia, tras el análisis y revisión, dictaminó procedente fundamentar y tipificar el discurso de odio en el código penal para el estado.

En el documento se precisa que se entiende como discurso de odio a:

El fomento, promoción o instigación, en cualquiera de sus formas, del odio, la humillación o el menosprecio de una persona o grupo de personas, así como el acoso, descrédito, difusión de estereotipos negativos, estigmatización o amenaza con respecto a dicha persona o grupo de personas”.

Para los ajustes al código también se requirió modificar la denominación, y respecto al título séptimo, ahora comprenderá dos capítulos, uno denominado “Violencia familiar” y el segundo, “Discriminación y discursos de odio”, donde se tipifica.

Según informó la comisión responsable, esta iniciativa surgió como parte de la lucha contra la discriminación y ante las consecuencias que enfrentan quienes han sido víctima de algún tipo de violencia desplegada a través de este tipo de conductas.

Reforma genera críticas y controversias


En la discusión en lo general, la diputada María Luisa Ojeda (PRD) indicó que en BCS se avanza en esta materia; no obstante, subrayó que deberá ser más objetiva, clara y cuidadosa, dijo, 

Para no dejar lugar a un uso de interpretaciones que pudieran ser utilizadas de manera facciosa o para perturbar la quietud pública”.

Cabe mencionar que expertos en Derecho en la entidad advirtieron que según se dio la modificación y esta tipificación, sería materia de amparo porque se violentaría el derecho humano a la libre expresión de las ideas.

El abogado Arturo Rubio Ruíz, de la asociación civil Consejo Ciudadano para la Atención a Víctimas del Delito, indicó que tal como quedó la reforma resulta de “interpretación subjetiva”, pues hasta por un “meme” o una caricatura ahora se podría imponer prisión a una persona, y criticó el procedimiento fastrack en que se dio la iniciativa, pues apenas se sometió a revisión en enero pasado y se dictaminó tres meses después.

Además, indicó que no existe una proporcionalidad punitiva –remarcó– pues se está señalando en el código penal que se impondrán hasta cuatro años de prisión, lo cual es una pena superior a la que actualmente se impone por un robo simple o un abuso sexual no agravado.

Usuarios de redes sociales también reaccionaron y se generó controversia. Algunas personas refirieron que es necesario avanzar en la legislación, pero consideraron que se requería mayores expertos y discusión para evitar interpretaciones que pongan en riesgo el derecho a la libertad de expresión.

Con información de SUN. 

RSA.

Más Noticias